¿Qué es el divorcio y cómo se tramita?

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¿Qué es el divorcio?

El divorcio es una vía legal que se abre para disolver un matrimonio y permitir, consecuentemente, que los miembros de éste vuelvan a casarse con quien deseen, liquidar su sociedad conyugal y delimitar la guardia y custodia de sus hijos si los tuvieran. 

Nuestro Código civil en sus artículos 85 y siguientes determinan cuales son las formas en las que un matrimonio queda disuelto definitivamente: 

Artículo 85. El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. 

Artículo 86. Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro.

Artículo 87. Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario.

¿Qué quiere decir esto? que podrás divorciarte simplemente con la voluntad de una de las partes y tienes distintas vías (dos de ellas por lo menos a nuestro alcance): 

  • Divorcio judicial: este podrá darse de mutuo acuerdo, es decir cuando es voluntad de ambas partes el proceder a divorciarse, por lo que ahorrarás tiempo y dinero. Y por otro lado de manera contenciosa, cuando solo una de las partes quiere divorciarse o, aun queriendo ambas existen discrepancias entre las mismas.
  • Divorcio notarial: Esta debe darse siempre de mutuo acuerdo y en matrimonios que no tengan hijos menores o incapacitados. Es de las formas existentes la más rápida y económica. 

A continuación dejamos un pequeño video resumen de la notaría Mª del Mar Illueca Oltra, en la que se explica de manera muy sencilla este trámite: 

En Vilacoba & Parra Abogados podemos ayudarte con este trámite de manera rápida y profesional, ya que estamos especializados en derecho de familia y en concreto, en divorcios. 

 

Una vez explicado el divorcio vía notarial, vamos a pasar a explicar el divorcio judicial y las formas existentes en el mismo:

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Diferentes formas de tramitar el divorcio

Como ya hemos delimitado antes, podemos distinguir dos formas diferentes de obtener el divorcio de manera judicial:

a) el divorcio de mutuo acuerdo solicitado por ambos cónyuges.

b) el divorcio contencioso cuando es solicitado por uno solo de los cónyuges.

El divorcio de mutuo acuerdo

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, al igual que ocurría con el de separación matrimonial,  requiere previamente un acuerdo plasmado por escrito entre los cónyuges, al que se denomina convenio regulador, en el que ambos manifiestan su deseo de divorciarse y regulan todas las consecuencias que el divorcio lleva aparejado tanto en su aspecto familiar (relación con los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos) como en su aspecto patrimonial (uso de la vivienda familiar, cargas del matrimonio, liquidación del régimen económico, etcétera).

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¿Cómo se tramita el divorcio de mutuo acuerdo?

Junto con la demanda de divorcio, que deberá ser redactada y firmada por un Abogado y Procurador, deberá acompañarse el certificado literal del matrimonio expedido por el Registro Civil donde se halle inscrito, así como los certificados de nacimiento de los hijos, si los hubiere; además es imprescindible que se acompañe la propuesta del convenio regulador firmado por los cónyuges. Se puede solicitar de manera telemática pinchando aquí

Una vez presentada la demanda de divorcio para un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, se citará por el Juzgado competente a las partes para que  ratifiquen el convenio regulador a presencia judicial, previo informe del Ministerio Fiscal que deberá emitir en caso de que el matrimonio tuviere hijos menores de edad, ya que es la figura que vela por sus  intereses en este procedimiento.

Ratificado el convenio, se dictará la correspondiente sentencia de divorcio que se inscribirá de oficio en el Registro Civil correspondiente.

El divorcio contencioso

Si no existe acuerdo por ambos cónyuges en la solicitud del divorcio o no lo están en presentar conjuntamente el convenio regulador con los acuerdos relativos a hijos, pensiones, uso de vivienda etc., cualquiera de los cónyuges puede solicitar del Juzgado que se inicie un procedimiento de divorcio contencioso que finalmente termine con una sentencia que declare disuelto el matrimonio. 

Como no es necesario invocar causa alguna para solicitar el divorcio, siempre que el matrimonio lleve celebrado más de tres meses, el procedimiento va a terminar mediante la sentencia de divorcio. Ya no estamos en la época en la que se tenía que probar la causa del divorcio para que el Juez procediera a declarar divorciados a los cónyuges.

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Tramitación del divorcio contencioso

Al igual que ocurre en la separación contenciosa, el procedimiento de divorcio contencioso supone un mayor coste anímico, económico y temporal para ambas partes.

Junto con la demanda de divorcio, al igual que en la contestación que presente el cónyuge demandado, deberán aportarse todas las pruebas de las que vaya a valerse cada uno cuando se celebre el juicio, aunque se permite que en el acto de la vista se aporten algún tipo de prueba como documentos o testigos.

Cuando se interpone la demanda de divorcio contencioso, el cónyuge demandante deberá solicitar que se acuerden en sentencia por el Juzgado una serie de medidas con respecto a los hijos, pensión de alimentos, compensatoria en su caso, uso de vivienda familiar, etc.

De la demanda se le dará traslado al otro cónyuge que tiene un plazo de 20 días para contestar y a su vez indicar qué medidas son las más idóneas respecto de los hijos, alimentos, etc.

Celebrado el juicio donde se practicarán las pruebas de las que intentará cada parte valerse, se dictará la sentencia por el Juez.

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La sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial. Cuando los cónyuges carecen de medios económicos puede solicitar justicia gratuita para tramitar su divorcio.

También se puede solicitarse con la demanda de divorcio contencioso, que el Juzgado adopte mientras se tramita el procedimiento, una serie de medidas provisionales destinadas a regular de un modo transitorio aspectos concernientes a los hijos, vivienda, pensión de alimentos, régimen de visitas, cargas del matrimonio, etc.

Dichas medidas provisionales serán sustituidas por las definitivas que se acuerden en la sentencia de divorcio que se dicte.

Desde Vilacoba y Parra te asesoraremos sobre cual es el mejor modo de proceder. Nuestro despacho de abogados especializado en Divorcios contenciosos y de mutuo acuerdo. Puedes escribirnos a nuestro email o pedir cita llamándonos por teléfono.

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